sábado, mayo 31, 2008

Capitulación de Monterrey

Términos de la capitulación de la ciudad de Monterrey, capital de Nuevo León, convenidos por los infrascritos comisionados, a saber, el Sr. Gen. Whort, del Ejército de los Estados Unidos, el Sr. Gen hernderson, de los voluntarios de Texas y Coronel Davis, de los rifleros de Mississippi, de parte del Sr. Mayor General Taylos, comandante en jefe de las fuerzas de los Estados Unidos, y los Sres. Grales. D. Tomás Requela, D. José María Ortega y el Sr. D. Manuel María de Llamas, de parte del señor D Pedro de Ampudia, Gral. en Jefe del Ejército del Norte.
Art. 1 Como legítimo resultado de las operaciones sobre este lugar y al posición presente de los ejércitos beligerantes se ha convenido que la ciudad, las fortificaciones, las fuerzas de artillería, las municiones de guerra y toda cualquier propiedad pública con las excepciones abajo estipuladas, serán entregadas al Gen. en Jefe de las fuerzas de los Estados Uidos que se halla presente en Monterrey.
Art. 2 En tierras mexicanas les será permitido retener las armas siguientes: los oficiales, sus espadas; las infanterías, sus armas y equipo; la caballería, sus armas y equipo; la artillería, una batería de campaña que no excederá de seis piezas con 21 tiros.
Art. 3 Que las fuerzas mexicanas se retirarán dentro de siete días contando desde esta fecha, más allá de la línea formada, pasando de la rinconada de la ciudad de Linares y San Fernando de Presas.
Art. 4 Que la catedral nueva nombrada ciudadela de Monterrey será evacuada por los mexicanos y ocupada por fuerzas americanas a las 10 de ella.
Art. 5 Con objeto de evitar encuentros desagradables y por convivencia mutua, las tropas de los E. U. no ocuparán la ciudad hasta la evacuación de ella de las fuerzas mexicanas, exceptuándose para ellos las cosas necesarias para hospitales y para almacenes.
Art. 6 Que las fuerzas de los E. U. no abandonarán más allá de la línea especificada en el tercer artículo antes de ocho semanas del tiempo que se juzgue necesario para recibir las órdenes o instrucciones de los gobiernos respectivos.
Art. 7 Que la propiedad del Gobierno General será entregada y recibida por oficiales nombres por los generales en jefe de ambos ejércitos.
Art. 8 Cualquier duda sobre la inteligencia a los precedentes artículos se resolverán de la manera más equitativa y sobre principios de deliberalidad para el ejército que se retira.
Art. 9 Se hará un saludo para la misma batería de la catedral nueva nombrada ciudadela al tiempo de bajar la bandera mexicana.
Monterrey Septiembre 24 de 1846.
T. Requena
H. María de Ortega
Manuel M. de Llamas
W. Wolf
P. Henderson
Jeff Davis
Z. taylos
Pedro de Ampudia
Toma del Palacio del Obispado.
Fragmento de la carta del teniente Edmund Bradford a Caroline Bradford
Tras una hora de fuego continuo escuché las cornetas de la caballería que subía a atacarnos en el cerro. Se ordenó a la avanzada guarecerse en una grieta del cerro y atacarlos. Cuando la parte derecha de mi compañía comenzó a juntarse, puede ver subir a un cuerpo de lanceros. Inmediatamente les disparamos y los hicimos retroceder; la compañía de la izquierda los persiguió cerro abajo, hacia El Palacio, y nosotros los seguimos. Al correr, vi una hilera de hombres en El Palacio. El teniente Ayres, del 3 de artillería fue el primer hombre que entró a El Palacio, yo entré tras él. el teniente Ayres tomó los estandartes Los hombre se formaron al instante en el Palacio, y comenzaron a disparar sobre los mexicanos que retrocedían... Poco después, todos habían desaparecido... Se izó cuanto antes la bandera estadounidense sobre la tierra...